Vía de la Hispanidad 37, Tel.: 976 765 300  -  e-mail: admon.montpellier@asisa.es
 
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1-Presentación:
El campo de la Reproducción Humana es tremendamente apasionante, con un presente que aporta posibilidades reales en cuanto a la consecución de embarazo a parejas que tan sólo hace 10 años debían resignarse a no procrear, y con un futuro próximo altamente esperanzador .

Para cumplir este objetivo se requiere la conjunción de un equipo humano preparado y de una tecnología avanzada. La experiencia de más de 20 años en medicina de la Reproducción Humana por parte del equipo médico que forman esta Unidad avalan el primer punto. El alto nivel tecnológico del aparataje con que consta el laboratorio avalan el segundo.

Con el objetivo de hacer realidad la legítima ilusión de una pareja para poder engendrar un hijo vamos a brindar nuestra preparación técnica y humana.

2-Recursos humanos:
Equipo médico específico de la Unidad:

- Dr.Salvador García Aguirre

Médico especialista en Ginecología y Obstetricia

- Dr. Ignacio González Hevia

Médico especialista en Bioquímica clínica y Genética

ATS de Información al paciente: mañana y tarde / Tfno : 976 76 54 02

Equipo médico de apoyo:

- Anestesista.

- Andrólogo.

Personal complementario:

- Auxiliar de enfermería.

- Secretaria de recepción y atención telefónica.

- Secretaria de administración.

3-Técnicas que se llevan a cabo en la Unidad:
Inseminación artificial conyugal (IAC).

Inseminación artificial con semen de donante (IAD).

Fecundación in vitro (FIV)

Microinyección espermática de los ovocitos (ICSI)

Biopsia testicular + ICSI.

Cultivo embrionario en medios secuenciales.

Congelación embrionaria (Banco de embriones).

Donación-Recepción de ovocitos.

Diagnóstico genético preimplantacional (DGP)

Todas estas técnicas están reguladas por la Ley 14/2006, del 26 de Mayo.
4-Descripción de las Técnicas:
a.- Inseminación artificial conyugal:

La inseminación artificial consiste en colocar el semen del varón, previamente preparado (capacitado), en el interior del aparato genital de la mujer. Puede depositarse en la vagina, el cuello del útero o en el interior del útero. Aunque hay alguna indicación para las dos primeras localizaciones (disfunciones sexuales, falta de eyaculación, alteraciones del meato urinario), en la práctica casi siempre se prefiere el depósito del semen en el interior del útero, haciendo casi sinónimo el término de inseminación artificial intrauterina al de simplemente inseminación artificial.

Con esta técnica (inseminación intrauterina) existen más posibilidades de embarazo pero debe complementarse por sistema con dos técnicas: la estimulación de la ovulación con preparados hormonales y la capacitación espermática en el laboratorio.

Las indicaciones de la inseminación artificial conyugal intrauterina son

-Alteración en los parámetros seminales: escasa movilidad y/o escaso número de espermatozoides.

-Trastornos a nivel del cuello uterino: alteraciones en la secreción del moco, presencia en el mismo de anticuerpos antiesperma.

-Esterilidad de origen desconocido.


b.- Inseminación artificial con semen de donante:

La técnica es la misma que la descrita para la IAC. La diferencia fundamental es que el semen procede de un donante anónimo (congelado previamente y guardado en el banco de semen).

Las indicaciones son:

-Ausencia total de espermatozoides en el eyaculado, especialmente si hay también ausencia de los mismos en biopsias de testículo.

-Riesgo de transmisión de enfermedades infecciosas o genéticas, si se usa el semen de la pareja.

-Mujer sin pareja.

Algunos aspectos legales en relación con la IAD:

-Los donantes deben estar libres de enfermedades hereditarias e infecciosas.

-La donación tiene carácter anónimo.

-La elección del donante corresponde al equipo médico, con objeto de garantizar las características fenotípicas más similares en relación a la pareja solicitante del semen.

-El máximo número de nacimientos a partir del semen del mismo donante es de 6.

-Cuando la mujer que solicita el semen tenga cónyuge, éste debe expresar su consentimiento.


c.- Fecundación in vitro-transferencia embrionaria:

La fertilización in Vitro consiste en la fecundación de los ovocitos por los espermatozoides en las placas de cultivo en el laboratorio.

Las fases que permiten este proceso son las siguientes:

-Estimulación ovárica con fármacos (gonadotropinas) para obtener un número de ovocitos suficiente para garantizar el éxito del proceso.

-Punción folicular y captación de los ovocitos, que se realiza bajo sedación profunda.

-Inseminación de los ovocitos con la muestra de semen capacitado.

-Confirmación de la fecundación, a las 16-20 horas tras la inseminación de los ovocitos.

-Cultivo embrionario in Vitro.

-Transferencia de los embriones, de 2 a 5 días tras la obtención de los ovocitos.


d.- Microinyección espermática de los ovocitos:

Es una variante de la fecundación in vitro clásica. El tratamiento que requiere la mujer es el mismo. Únicamente hay diferencia en la técnica empleada en el laboratorio. En éste se lleva a cabo el proceso de microinyectar un solo espermatozoide en el interior del ovocito. Esto ha permitido ofrecer las mismas posibilidades de embarazo que la fecundación in vitro clásica en casos de oligospermias muy severas e, incluso, en azoospermias. En este último caso es necesario que se obtengan espermatozoides en muestras de biopsias de testículo. Estas se realizan de manera relativamente sencilla, con anestesia local.


e.- Donación de ovocitos:

Es la técnica de reproducción asistida que mayores posibilidades de embarazo aporta. Las posibilidades de un ciclo de FIV están en torno al 35%, llegando más o menos al 80% en 6 ciclos, mientras que en un solo ciclo de donación de ovocitos son del 50%, llegando al 85-90% tras 4 intentos.

Permite el poder gestar a una persona sin reserva folicular en los ovarios (menopausia, menopausia precoz, baja respuesta a la estimulación en ciclos de FIV), o a mujeres que pudieran transmitir enfermedades a la descendencia.

La técnica es sencilla en lo referente a la mujer receptora. Requiere sólo un tratamiento con preparados hormonales orales y transferencia embrionaria, tras haber sido inseminados los ovocitos con el semen de su pareja. La donante precisa de la estimulación de la ovulación y de la punción de los ovocitos.

Aspectos legales relacionados con la donación de óvulos:

-La donante debe tener entre 18 y 30 años.

-Se le debe realizar un examen físico y exploración ginecológica. Se precisan conocer datos sobre antecedentes de enfermedades hereditarias. Debe realizarse un estudio analítico, incluida serología, que descarten enfermedades infecciosas.

-La donación es legal (ley 35/88, 22 de noviembre), gratuita y anónima. La ley especifica que no debe existir conocimiento entre receptora y donante. No se puede comerciar con el producto de la donación (los óvulos), que deben emplearse sólo para ayudar a una mujer a tener un hijo. No obstante, la Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida aconseja que las donantes reciban una compensación económica por las molestias que se le ocasionen, derivadas de la dedicación y el tiempo invertido en el proceso.


f.- Diagnóstico genético preimplantacional:

Es una variante de la fecundación in Vitro, en la cual se biopsian los embriones para descartar anomalías cromosómicas o génicas de los mismos, y así transferir sólo los embriones “sanos”. Como se desprende de lo dicho, su indicación de elección son aquellos casos en los que uno de los progenitores es portador de una anomalía cromosómica o de determinadas enfermedades génicas.

Otras indicaciones son mujeres con abortos de repetición, fallos de FIV convencional reiterados o mujeres de edad avanzada.

Más información en www.uram.es
 
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